Ministerio de la Informática y las Comunicaciones

Cartero disponible tenía menos experiencia

Ministro cubano de la   Informática y las Comunicaciones  envió a Buzón abierto la respuesta a  la reclamación presentada por Luis  Felipe Águila Leiva

Medardo Díaz Toledo, ministro de la   Informática y las Comunicaciones,  envió a Buzón abierto la respuesta a   la reclamación presentada por Luis   Felipe Águila Leiva, quien quedó disponible   en el momento que ocupaba el   cargo de cartero integral en la sucursal   Mataguá, de la oficina de Correos   Manicaragua, en la central provincia   de Villa Clara.   

“La comisión creada para investigar   este caso revisó los documentos   elaborados por el comité de expertos,   específicamente los de notificación,   así como los emitidos por el órgano de   justicia laboral de base (OJLB), conociendo   además sobre una segunda   reclamación presentada por Luis Felipe   que igualmente se analizó y fue   trasladada al tribunal.   

“Posteriormente, la comisión se   presentó en la sucursal Mataguá y se   entrevistó con el aquejado en su casa.   De esta manera se sostuvo un intercambio   en el que se esclarecieron diferentes   aspectos”, manifestó.   

Según el funcionario, durante la   entrevista el reclamante reiteró su inconformidad   con la decisión adoptada,   con independencia de haber aceptado   la oferta de empleo como agente   postal que le fuera presentada el 28   de diciembre del 2011, ya que sostuvo   que los argumentos aportados para   declarársele disponible no eran correctos   y que el comité de expertos no   había profundizado lo suficiente.   

La comisión explicó la complejidad   del caso y las medidas que se   habían adoptado para que se desarrollara   con la mayor transparencia y   de acuerdo con la legislación vigente,   además de esclarecer las posibilidades   y perspectivas del agente postal,   por su próxima inclusión como una   figura de trabajador no estatal.   

Asimismo, la comisión se reunió   nuevamente en la sucursal Mataguá   con la subdirectora general en Villa   Clara, el jefe de la oficina de Correos   de Manicaragua y la administradora   de dicha sucursal, intercambio al que   posteriormente se incorporó el reclamante,   para aclarar algunos aspectos   relacionados con el proceso de notificación.   

“Es preciso señalar que en el caso   de Luis Felipe Águila Leiva el comité   de expertos realizó su trabajo correctamente,   analizando y valorando   todos los elementos relacionados con   la trayectoria y el desempeño de este   trabajador para elaborar las recomendaciones   al decisor, sin violar los   procedimientos establecidos.   

“También debemos apuntar que   la decisión adoptada y notificada fue   correcta, por cuanto en la sucursal   Mataguá resultaron amortizadas dos   de las cuatro plazas de cartero integral   existentes”, añadió Medardo.   

Se consideró que, pese a tener un   buen desempeño general en sus funciones,   el trabajador Luis Felipe ha   estado implicado en procesos disciplinarios   y dadas las condiciones en   que ha desarrollado su actividad,   tiene menos experiencia práctica en   la labor de cartero integral que quienes   se determinó permanecieran   en las referidas plazas, no obstante   cuenta con conocimientos teóricos   por haberse graduado de técnico medio   postal.   

“Por otro lado resulta válido esclarecer   que en el documento del acto   de notificación, presentado el pasado   14 de diciembre del 2011, se hace constar   que al trabajador no se le hicieron   ofertas de empleo, aunque se afirma   que sí se hicieron, pero de modo verbal   y que no fueron aceptadas, sin   cumplirse en este caso lo establecido   en el artículo 18, segundo párrafo, de   la Resolución 34/2011 de la Ministra   de Trabajo y Seguridad Social”.   

Medardo explicó además que   posteriormente, el 28 de diciembre, se   le ofrecieron a Luis Felipe tres ofertas   de empleo mediante el documento   establecido, siendo aceptada por él la   de agente postal en la propia localidad   de Mataguá.   

En este acto se realizó una segunda   notificación donde se hace constar   que el trabajador se declara disponible   por amortización de su plaza sin ninguna   otra referencia a su idoneidad,   que resulta innecesaria, por cuanto   esa condición ya se le había notificado   el 14 del mismo mes y fue causa de   la reclamación presentada por el trabajador   al OJLB, la que se determinó   por dicho órgano, en consulta con la   asesora jurídica de la dirección municipal   de Trabajo, trasladar al Tribunal   Municipal Popular. 

“No existen en este caso otras violaciones   de los aspectos formales de   las normas y procedimientos aplicados,   salvo la referida a esta doble notificación,   por lo que se considera debe   esperarse el fallo del Tribunal Municipal   Popular y procederse posteriormente   en correspondencia con lo que   este determine”, concluyó el Ministro.