Cartero disponible tenía menos experiencia
Medardo Díaz Toledo, ministro de la Informática y las Comunicaciones, envió a Buzón abierto la respuesta a la reclamación presentada por Luis Felipe Águila Leiva, quien quedó disponible en el momento que ocupaba el cargo de cartero integral en la sucursal Mataguá, de la oficina de Correos Manicaragua, en la central provincia de Villa Clara.
“La comisión creada para investigar este caso revisó los documentos elaborados por el comité de expertos, específicamente los de notificación, así como los emitidos por el órgano de justicia laboral de base (OJLB), conociendo además sobre una segunda reclamación presentada por Luis Felipe que igualmente se analizó y fue trasladada al tribunal.
“Posteriormente, la comisión se presentó en la sucursal Mataguá y se entrevistó con el aquejado en su casa. De esta manera se sostuvo un intercambio en el que se esclarecieron diferentes aspectos”, manifestó.
Según el funcionario, durante la entrevista el reclamante reiteró su inconformidad con la decisión adoptada, con independencia de haber aceptado la oferta de empleo como agente postal que le fuera presentada el 28 de diciembre del 2011, ya que sostuvo que los argumentos aportados para declarársele disponible no eran correctos y que el comité de expertos no había profundizado lo suficiente.
La comisión explicó la complejidad del caso y las medidas que se habían adoptado para que se desarrollara con la mayor transparencia y de acuerdo con la legislación vigente, además de esclarecer las posibilidades y perspectivas del agente postal, por su próxima inclusión como una figura de trabajador no estatal.
Asimismo, la comisión se reunió nuevamente en la sucursal Mataguá con la subdirectora general en Villa Clara, el jefe de la oficina de Correos de Manicaragua y la administradora de dicha sucursal, intercambio al que posteriormente se incorporó el reclamante, para aclarar algunos aspectos relacionados con el proceso de notificación.
“Es preciso señalar que en el caso de Luis Felipe Águila Leiva el comité de expertos realizó su trabajo correctamente, analizando y valorando todos los elementos relacionados con la trayectoria y el desempeño de este trabajador para elaborar las recomendaciones al decisor, sin violar los procedimientos establecidos.
“También debemos apuntar que la decisión adoptada y notificada fue correcta, por cuanto en la sucursal Mataguá resultaron amortizadas dos de las cuatro plazas de cartero integral existentes”, añadió Medardo.
Se consideró que, pese a tener un buen desempeño general en sus funciones, el trabajador Luis Felipe ha estado implicado en procesos disciplinarios y dadas las condiciones en que ha desarrollado su actividad, tiene menos experiencia práctica en la labor de cartero integral que quienes se determinó permanecieran en las referidas plazas, no obstante cuenta con conocimientos teóricos por haberse graduado de técnico medio postal.
“Por otro lado resulta válido esclarecer que en el documento del acto de notificación, presentado el pasado 14 de diciembre del 2011, se hace constar que al trabajador no se le hicieron ofertas de empleo, aunque se afirma que sí se hicieron, pero de modo verbal y que no fueron aceptadas, sin cumplirse en este caso lo establecido en el artículo 18, segundo párrafo, de la Resolución 34/2011 de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social”.
Medardo explicó además que posteriormente, el 28 de diciembre, se le ofrecieron a Luis Felipe tres ofertas de empleo mediante el documento establecido, siendo aceptada por él la de agente postal en la propia localidad de Mataguá.
En este acto se realizó una segunda notificación donde se hace constar que el trabajador se declara disponible por amortización de su plaza sin ninguna otra referencia a su idoneidad, que resulta innecesaria, por cuanto esa condición ya se le había notificado el 14 del mismo mes y fue causa de la reclamación presentada por el trabajador al OJLB, la que se determinó por dicho órgano, en consulta con la asesora jurídica de la dirección municipal de Trabajo, trasladar al Tribunal Municipal Popular.
“No existen en este caso otras violaciones de los aspectos formales de las normas y procedimientos aplicados, salvo la referida a esta doble notificación, por lo que se considera debe esperarse el fallo del Tribunal Municipal Popular y procederse posteriormente en correspondencia con lo que este determine”, concluyó el Ministro.


